viernes 19 de octubre 2007
ALFREDO PALACIOS DONGO
En el mes de abril del presente año el ministro de Defensa Allan Wagner manifestó que su sector estaba trabajando un proyecto para mejorar las remuneraciones de los miembros de las FF AA.
Posteriormente a fines de setiembre, declaró que ya existía dicho proyecto de ley añadiendo que "debemos darle a los integrantes de los institutos armados pensiones que estén de acuerdo con la labor que realizan".
Parte de los alcances de este proyecto en el que no participaron en su elaboración las FF AA ni la PNP fueron publicados en algunos medios de comunicación presentándose cuadros con aumentos en los diferentes grados. Sin embargo, su texto contiene una serie de aspectos que afectan el sistema de seguridad social de las FF AA y la PNP.
Este proyecto que modificaría el DS 213-90-EF que rige actualmente las remuneraciones del personal militar y policial incluye, sin razón, el tratamiento de las pensiones, lo cual no debe ser considerado por tener su propio marco legal, salvo el referirse al concepto vinculante de "remuneración pensionable". A diferencia del mencionado DS, el proyecto del Ejecutivo al incluir las pensiones ocasionaría la eliminación automática del concepto de nivelación (cédula viva) para todo el personal militar y policial. Inclusive el día 14 del presente el ministro Wagner ha advertido la posibilidad de adoptar un sistema previsional parecido al sistema privado de pensiones. Del mismo modo, en dicho proyecto se estaría eliminando el beneficio pensionario de la remuneración correspondiente del grado inmediato superior al personal declarado apto para ascenso y pasado al retiro por "renovación" viéndose truncada su carrera.
El sistema pensionario de las FF AA y la policía, a nivel mundial, tiene como característica común y esencial, de ser renovable, es decir, después de ofrecer el personal su vida y sus servicios a la Patria a dedicación exclusiva en una carrera colmada de sacrificios, riesgos y privaciones disponibilidad para el servicio las 24 horas, guardias diurnas y nocturnas no remuneradas, servicios en zonas de emergencia y frontera, operativos prolongados apartados de la familia, cambios de colocación continuos, etc. debe tener un retiro adecuado y digno.
Por lo expuesto, antes de plantearse modalidades previsionales que solo funcionan en el ámbito privado, se deben implementar urgentemente soluciones a la actual problemática remunerativa para corregir las severas distorsiones actuales y, asimismo, rescatar la Caja de Pensiones Militar Policial de un inminente colapso con mayores aportes del Estado, para recién después proceder a modernizar el sistema de pensiones que debe mantenerse separado de otros regímenes previsionales público y privado por la naturaleza especial de la profesión militar policial.